Es un instrumento de seguimiento, actualización y recopilación de información por establecimiento industrial, comercial o de servicios para reportar anualmente las emisiones y transferencias de contaminantes ocurridas en el año calendario anterior .
Las empresas que deberán reportar a través del formato COA, son aquellas que realizan actividades consideradas de jurisdicción federal en materia de emisiones a la atmósfera, los establecimientos generadores de residuos peligrosos, los establecimientos que descargan aguas residuales en cuerpos receptores que sean aguas o bienes nacionales, así como aquellas que manejen compuestos químicos con características de persistencia ambiental, bioacumulación, toxicidad, teratogenicidad, mutagenicidad o cancerinogenicidad y, en general, por sus efectos adversos, ya sean emitidos o transferidos al ambiente.
De igual forma, las empresas generadoras de residuos de manejo especial, las dedicadas a la compra y venta de materiales reciclables, recicladores, los prestadores de servicio de recolección de los residuos de manejo especial, los establecimientos que descargan aguas residuales al drenaje sanitario municipal, así como los que generen emisiones a la atmósfera que cuenten con licencia de funcionamiento estatal deben de presentar una COA análoga en la dependencia estatal de control ambiental correspondiente.
El trámite de la COA se debe realizar de enero a abril de cada año.